Artículo 308 sexties. Información sobre sucursales de sociedades europeas.
Artículo 308 sexties. Información sobre sucursales de sociedades europeas.
El intercambio de información a través del sistema de interconexión facilitará a los interesados la obtención de información sobre las indicaciones referentes a las sucursales de sociedades de otros Estados miembros:
a) El domicilio de la sucursal.
b) La indicación de las actividades de la sucursal.
c) El número de Registro de la sociedad y su EUID.
d) La denominación y la forma jurídica de la sociedad, así como la denominación de la sucursal si esta última no corresponde a la de la sociedad.
e) El nombramiento, el cese en funciones incluido el cese por inhabilitación, así como la identidad de las personas que tengan poder para obligar a la sociedad frente a terceros y de representarla en juicio: como órgano de la sociedad legalmente previsto o como miembros de tal órgano, de conformidad con la publicidad dada en la sociedad de acuerdo con la letra e) del artículo 17.5 del Código de Comercio; como representantes permanentes de la sociedad para la actividad de la sucursal, con indicación del contenido de sus poderes.
f) La disolución de la sociedad.
g) El nombramiento y la identidad de los liquidadores, así como sus poderes respectivos, a menos que estos poderes resultasen expresa y exclusivamente de la ley o de los estatutos.
h) La extinción de la sociedad.
i) Los procedimientos de insolvencia, o cualquier otro procedimiento análogo del que sea objeto la sociedad.
j) Las cuentas anuales y, en su caso, las cuentas consolidadas de la sociedad que hubieran sido elaboradas conforme a su legislación.
k) El cierre de la sucursal.
- Modificación realizada (308 sexties (se añade)) por Real Decreto 442/2023, de 13 de junio, por el que se modifica el Reglamento del Registro Mercantil, aprobado por el Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, y por el que se traspone parcialmente la Directiva (UE) 2019/1151 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 en lo que respecta a la utilización de herramientas y procesos digitales en el ámbito del Derecho de sociedades.
(BOE de 14-06-2023) en vigor desde 09-05-2024 - Texto Original. Publicado el 31-07-1996 en vigor desde 09-05-2024