Articulo 305 TR de la ley...imen local

Articulo 305 TR. de la ley municipal y de régimen local

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Artículo 305. Régimen del personal eventual y el interino.

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305.1 Al personal eventual y al personal interino, se aplica por analogía el régimen estatutario de los funcionarios de carrera, de acuerdo con la condición respectiva.

305.2 No puede nombrarse personal interino para puestos no incluidos en la oferta de ocupación pública, a menos que se trate de vacantes producidas posteriormente a la aprobación de la oferta.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-05-2003 en vigor desde 21-05-2003