Articulo 30 Vivienda de La Rioja

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Artículo 30. Información para el arrendamiento.

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Si se trata de oferta de viviendas para su arrendamiento o alquiler, se informará necesariamente de las condiciones económicas del mismo, y al menos las relativas a la renta, conceptos que incluye, fórmula de revisión, plazo, gastos repercutibles, características físicas de la vivienda, servicios e instalaciones, de conformidad con la legislación de arrendamientos urbanos e información sobre las características del régimen de propiedad horizontal.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-03-2007 en vigor desde 08-09-2007