Articulo 30 Vivienda de La Rioja
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 30. Información para el arrendamiento.
Vigente
Si se trata de oferta de viviendas para su arrendamiento o alquiler, se informará necesariamente de las condiciones económicas del mismo, y al menos las relativas a la renta, conceptos que incluye, fórmula de revisión, plazo, gastos repercutibles, características físicas de la vivienda, servicios e instalaciones, de conformidad con la legislación de arrendamientos urbanos e información sobre las características del régimen de propiedad horizontal.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-03-2007 en vigor desde 08-09-2007