Articulo 30 TR. de disposiciones legales vigentes dictadas por Canarias en materia de tributos cedidos
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»Artículo 30.- Tipos de gravamen autonómicos.
Vigente
Los tipos de gravamen regulados por la Comunidad Autónoma de Canarias serán de aplicación a las operaciones sujetas al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, cuyo rendimiento se entienda producido en dicho territorio, en los términos establecidos en el artículo 25 de la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-04-2009 en vigor desde 23-04-2009