Articulo 30 TR -Derogado- de las disposiciones legales de Extremadura en materia...edidos por el Estado
Articulo 30 TR -Derogado-... el Estado

Articulo 30 TR. -Derogado- de las disposiciones legales de Extremadura en materia de Tributos Cedidos por el Estado

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Artículo 30. Aplicación de las reducciones en las donaciones a descendientes destinadas al desarrollo de una actividad económica y a la formación.

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1. Las reducciones en las donaciones a los descendientes, ascendientes o colaterales hasta el tercer grado destinadas al desarrollo de una actividad económica o a la formación a las que se refieren los artículos 25, 27 y 29 de esta ley, no podrán superar en conjunto la cantidad de 300.000 euros.

2. En el supuesto de no cumplirse cualquiera de los requisitos establecidos para disfrutar de los beneficios fiscales previstos en los artículos 25, 27 y 29 de esta ley, se aplicará lo dispuesto en el artículo 64.2 de este Texto Refundido.

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