Articulo 30 Tipología y funcionamiento de los centros, servicios y programas de servicios sociales
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»Artículo 30. Adscripción de centros, servicios y programas a niveles y demarcaciones distintas
Vigente
1. Los centros, servicios y programas de servicios sociales podrán ser adscritos a niveles funcionales y demarcaciones territoriales distintos, en función de su objeto, de la existencia insuficiente de potenciales personas beneficiarias y de las necesidades de la planificación estratégica autonómica y zonal previstas en la Ley 3/2019. En este caso será necesaria una motivación expresa de la adscripción.
2. Las convocatorias de concierto y de contratos previstas en la Ley 3/2019 estarán condicionadas a las necesidades de las demarcaciones territoriales, en relación con la planificación estratégica autonómica y zonal.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-03-2023 en vigor desde 23-03-2023