Articulo 30 Servicios de ...alvamentos

Articulo 30 Servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos

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Artículo 30.

Vigente

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1. Las características de las funciones del Cuerpo de Bomberos de la Generalidad condicionan la concesión de licencias y de permisos y la distribución de los períodos vacacionales a las necesidades del servicio.

2. Se establecerá por reglamento el régimen de licencias, permisos y vacaciones de los miembros del Cuerpo de Bomberos de la Generalidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-05-1994 en vigor desde 19-05-1994