Artículo 30 septies Auditoría legal de las cuentas anuales y de las cuentas consolidadas
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»Artículo 30 septies. Intercambio de información
Vigente
1. Las autoridades competentes facilitarán cada año al COESA la información agregada relativa a todas las medidas administrativas y todas las sanciones impuestas de conformidad con el presente capítulo. El COESA publicará dicha información en un informe anual.
2. Las autoridades competentes comunicarán inmediatamente al COESA todas las prohibiciones temporales a que se refiere el artículo 30 bis, apartado 1, letras c) y e).
Modificaciones
- Modificación realizada (30 septies (se añade)) por DIRECTIVA 2014/56/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 16 de abril de 2014 por la que se modifica la Directiva 2006/43/CE relativa a la auditoría legal de as cuentas anuales y de las cuentas consolidadas (Texto pertinente a efectos del EEE)
(DC de 27-05-2014) en vigor desde 16-06-2014 - Texto Original. Publicado el 09-06-2006 en vigor desde 16-06-2014