Articulo 30 Reglamento de...as del THG

Articulo 30 Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del THG

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Artículo 30. Incompatibilidad de las modalidades simplificada y normal del método de estimación directa.

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1. Los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de alguna de sus actividades por la modalidad normal, determinarán el rendimiento neto de todas sus actividades por esta modalidad normal.

No obstante, cuando se inicie durante el año alguna actividad económica, no surtirá efecto para ese año la regla prevista en el párrafo anterior respecto a la referida actividad.

2. Los contribuyentes que, reuniendo los requisitos para la aplicación de la modalidad simplificada, deseen determinar el rendimiento neto de alguna de sus actividades por la citada modalidad, deberán optar por la aplicación de esta modalidad por la totalidad de las actividades.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-10-2014 en vigor desde 18-10-2014