Articulo 30 Presupuestos 2021 Extremadura
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»Artículo 30. Prohibición de ingresos atípicos.
Vigente
Los empleados públicos comprendidos dentro del ámbito de la presente ley, con excepción de aquellos sometidos al régimen de arancel, no podrán percibir participación alguna en los tributos, comisiones y otros ingresos de cualquier naturaleza que devengue la administración o cualquier poder público como contraprestación de cualquier servicio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-02-2021 en vigor desde 01-01-2021