Articulo 30 Presupuestos 2020 Murcia
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»Artículo 30. Retribuciones del personal eventual.
Vigente
En el ejercicio 2020 las retribuciones del personal eventual experimentarán el incremento en sus cuantías establecido con carácter básico, en su caso, respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2019.
Las retribuciones del personal eventual no superarán en ningún caso las correspondientes al cargo de director general de la Administración general, excluida la antigüedad que pudieran tener reconocida.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-04-2020 en vigor desde 26-04-2020