Articulo 30 Presupuestos 2012 La Mancha
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Artículo 30. Retribuciones del personal laboral.

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1. Se entenderá por masa salarial, a los efectos de esta ley, el conjunto de las retribuciones salariales y extrasalariales, así como los gastos de acción social devengados durante 2011 por el personal laboral afectado, exceptuándose en todo caso.

a) Las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social.

b) Las cotizaciones al sistema de la Seguridad Social a cargo del empleador.

c) Las indemnizaciones correspondientes a traslados, suspensiones o despidos.

d) Las indemnizaciones o suplidos por gastos que hubiera realizado el trabajador.

2. Con efectos de 1 de enero de 2012 y hasta el 29 de febrero del mismo año, la masa salarial del personal laboral al servicio del sector público regional no experimenta incremento alguno respecto a la correspondiente a 2011, en términos de homogeneidad para los dos períodos objeto de comparación.

3. Con efectos de 1 de marzo de 2012 y hasta 31 de diciembre del mismo año, conforme a lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de medidas complementarias para la aplicación del Plan de Garantías de los Servicios Sociales Básicos de Castilla-La Mancha, las cuantías de cada uno de los conceptos retributivos del salario bruto individual experimentarán una minoración del 3 por ciento respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2011, sin perjuicio de lo que pueda resultar de la negociación colectiva que, en cualquier caso, deberá respetar lo dispuesto en el artículo 25.2.

4. Las variaciones de la masa salarial bruta se calcularán en términos de homogeneidad para los periodos objeto de comparación, tanto en lo que respecta a efectivos de personal laboral y antigüedad del mismo, como al régimen privativo de trabajo, jornada, horas extraordinarias efectuadas y otras condiciones laborales, computándose por separado las cantidades que correspondan a las variaciones en tales conceptos.

Con cargo a la masa salarial así obtenida para 2012, deberán satisfacerse la totalidad de las retribuciones del personal laboral derivadas del correspondiente acuerdo y todas las que se devenguen a lo largo del expresado año.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-07-2012 en vigor desde 19-07-2012