Articulo 30 politica industrial

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Artículo 30. Creación, objeto y naturaleza

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1. Se crea la Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana, que es el organismo que ejecuta las políticas de la Generalidad en los ámbitos de la innovación, la transferencia tecnológica, la internacionalización, el fomento y captación de inversiones en Cataluña y la mejora continua de la productividad de la empresa catalana.

2. La Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana se adscribe al departamento competente en materia de industria. El departamento ejerce el control de eficacia y eficiencia sobre la actividad de la Agencia para garantizar la máxima diligencia en el cumplimiento de sus funciones y en la prestación de sus servicios.

3. La Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana es una entidad de derecho público de la Generalitat que actúa sujeta al derecho privado, con personalidad jurídica propia, plena capacidad de obrar, patrimonio propio y plena autonomía funcional y de gestión para cumplir sus funciones.

4. Participan en los órganos de gobierno de la Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana, en los términos establecidos por la presente ley y por los estatutos de la Agencia, representantes de las instituciones, las corporaciones de derecho público, las asociaciones y los agentes sociales cuya actividad tiene relación directa con la innovación e internacionalización.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-07-2009 en vigor desde 10-07-2009