Articulo 30 Ordenación del Territorio de C León
Articulo 30 Ordenación de... de C León

Articulo 30 Ordenación del Territorio de C. León

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 30. Centro de Información y territorial.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El Centro de Información Territorial, integrado en la Consejería competente en materia de ordenación del territorio, es el órgano encargado de producir, recopilar, actualizar y divulgar la información y documentación, escrita, fotográfica y cartográfica, sobre el territorio y el planeamiento de la Comunidad Autónoma, así como de llevar a cabo estadísticas, estudios y análisis territoriales. Reglamentariamente se establecerán su estructura y funciones.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-12-1998 en vigor desde 19-01-1999