Articulo 30 Medidas de Re...undacional

Articulo 30 Medidas de Reestructuración y Racionalización del Sector Público Empresarial y Fundacional

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Artículo 30. Incorporación de acciones y participaciones sociales a la Corporación Pública Empresarial Valenciana (CPEV).

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(DEROGADO)

Ámbito funcional

1. Se modifica el ámbito de las acciones y participaciones a incorporar a la Corporación Pública Empresarial Valenciana (CPEV) previsto en la Ley 9/2011, de 26 de diciembre, de la Generalitat, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, para adaptarlo a la nueva configuración del sector público empresarial. De modo que, de conformidad con los artículos 127 y 128 de la Ley 9/2011 citada y la disposición adicional duodécima de la Ley 14/2003, de 3 de abril, de Patrimonio de la Generalitat, se procederá a incorporar a la Corporación, previa patrimonialización por parte de la Generalitat y realización de las actuaciones que sean necesarias, la totalidad o una parte de las acciones y participaciones sociales titularidad de la Generalitat de las siguientes sociedades.

a) Ciudad de las Artes y las Ciencias, SA (CACSA).

b) Circuito del Motor y Promoción Deportiva, SA (CMPDSA), que es accionista de Valmor Sports SA

c) Valenciana de Aprovechamiento Energético de Residuos, SA (VAERSA), que a su vez es accionista de Reciclatge Residus La Marina Alta, SA, y de Reciclados y Compostaje Piedra Negra, SA

d) Sociedad Proyectos Temáticos de la Comunitat Valenciana, SA (SPTCV), que es partícipe de Aeropuerto de Castellón, SL, y accionista de Ciudad de la Luz, SA

e) Valencia Parque Central Alta Velocidad 2003, SA

f) Alta Velocidad Alicante Nodo de Transporte, SA

g) Instituto Valenciano de Investigaciones Económicas, SA (IVIE)

h) Valencia Plataforma Intermodal y Logística, SA

i) Parque Empresarial de Sagunto, SL. Se incorporarán tanto las participaciones sociales titularidad de la Generalitat como las de titularidad de la mercantil SEPIVA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la presente ley.

2. La incorporación de las acciones y participaciones sociales a la Corporación Pública Empresarial Valenciana previstas en el apartado anterior requerirá que las sociedades mercantiles afectadas no se encuentren incursas en ninguna de las causas de disolución contempladas en el artículo 363 del Real decreto legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprobó el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. En particular, en las sociedades mercantiles referidas, su patrimonio neto deberá alcanzar, como mínimo, el sesenta por ciento de la cifra de su capital social en el momento de la incorporación.

3. Sin perjuicio del artículo 120.3 de la Ley 9/2011, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, la Corporación ejercerá sus funciones, en los términos del artículo 121 de la Ley 9/2011 citada, sobre las sociedades mercantiles citadas en el apartado 1 de este artículo y sobre las siguientes entidades de derecho público:

a) CulturArts Generalitat.

b) Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana.

c) Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana.

d) Instituto Valenciano de Acción Social.

e) Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial.

f) Instituto Valenciano de Finanzas.

g) Entidad de Infraestructuras de la Generalitat.

h) Agència Valenciana d Avaluació i Prospectiva.

i) Instituto Valenciano de Arte Moderno.

j) Patronato del Misteri d Elx.