Articulo 30 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organ...15 de la Generalitat
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Articulo 30 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización 2015 de la Generalitat

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Artículo 30

Vigente

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Se modifica el artículo 251 bis del texto refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell, con la siguiente redacción.

«Artículo 251 bis. Bonificación La cuantía de la tasa será objeto de las siguientes bonificaciones en los servicios que se indican a continuación:

A) En los supuestos en los que se encuentre operativa la tramitación por vía electrónica con certificado digital de los servios a los que se refiere el artículo 251, los sujetos pasivos gozarán de una bonificación del 10 por 100 de la tasa si se realiza el trámite con certificado digital.

B) Bonificación del 25% en el supuesto que el sujeto pasivo acompañe a la solicitud la certificación de verificación documental emitida por colegio profesional que tenga suscrito con la Generalitat el correspondiente convenio de acuerdo con la Ley 6/2014, de 25 de julio, de Prevención, Calidad y control ambiental de las actividades en la Comunitat Valenciana. Esta bonificación será de aplicación a los siguientes servicios de los incluidos en el artículo 251:

I. Tramitación de la autorización ambiental integrada (AAI) para instalaciones nuevas o ya existentes con licencia ambiental que se pretendan ampliar y se encuentren sometidas al régimen de autorización ambiental integrada, epígrafes I.1. Actividad industrial y I.2. Explotación ganadera;

II. Tramitación de modificación sustancial de la AAI (MS), epígrafes II.1. Actividad industrial y II.2. Explotación ganadera».

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2015 en vigor desde 01-01-2016