Articulo 30 Medidas Fiscales y Administrativas 2011 de Aragón
Artículo 30. - Modificación de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón.
La Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, queda modificada como sigue.
1. Se modifica la letra c) del apartado 1 del artículo 34, que queda redactada como sigue: «La representación de la Administración autonómica en toda clase de órganos colegiados y en los consejos de dirección y administración de organismos públicos y sociedades mercantiles con capital público. No se podrá pertenecer a más de dos consejos de administración de dichos organismos o empresas, a no ser que medie autorización específica del Gobierno.»
2. Se introduce un nuevo apartado 3 en el artículo 34, con la siguiente redacción: «No obstante lo anterior, los miembros de los consejos de dirección y administración de organismos públicos y sociedades mercantiles con capital público solo podrán percibir dietas por asistencia a los mismos por un máximo de dos consejos de administración diferentes.»
- Texto Original. Publicado el 19-03-2012 en vigor desde 20-03-2012