Articulo 30 Mancomunidades y entidades locales menores
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»Artículo 30. Funcionamiento de la Asamblea.
Vigente
Los requisitos de celebración de las sesiones referidos a quórum de asistencia e informes previos sobre adecuación a la legalidad, así como los debates, votaciones y ruegos y preguntas en la Asamblea se regirán por lo previsto en los estatutos y en la legislación de régimen local.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-12-2010 en vigor desde 24-12-2010