Articulo 30 Eficiencia en... edificios

Articulo 30 Eficiencia energética de los edificios

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Artículo 30. Entrada en vigor

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La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-06-2010 en vigor desde 08-07-2010