Articulo 30 dinamización de inversiones empresariales, libertad de mercado y eficiencia pública
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»Artículo 30. Cobertura de puestos de trabajo de entidades locales mediante listas de espera de la Administración Regional.
Vigente
Las entidades locales de la Región de Murcia podrán seleccionar a su personal temporal acudiendo a las listas de espera o relaciones de aspirantes seleccionados mediante procedimientos extraordinarios en vigor en la Administración Regional. La renuncia al puesto de trabajo ofrecido no supondrá exclusión de la lista de espera correspondiente.