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Articulo 30 Coordinación de las Policías Locales de I. Balears -Derogada-

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Artículo 30. Sistemas de acceso

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1. Los sistemas de acceso a las diferentes categorías de los cuerpos de policía local y de los policías auxiliares son la promoción, con las variantes interna y externa, la movilidad y el turno libre.

a) Se accede a la categoría de policía o policía auxiliar por el sistema de turno libre y movilidad. En los casos de creación del cuerpo de policía local, los ayuntamientos interesados que dispongan de policías auxiliares funcionarios de carrera, podrán aplicar el sistema de promoción en la variante interna.

b) Se accede a las categorías de oficial, subinspector e inspector por los sistemas de promoción, con las dos variantes, y de movilidad.

c) Se accede a las categorías de mayor, comisario e intendente por los sistemas de promoción, en las dos variantes, de movilidad o de turno libre, respetando siempre la reserva para movilidad establecida en la presente ley.

2. La promoción interna es el sistema de acceso que permite acceder a plazas vacantes de categoría superior a la ejercida como funcionario de carrera en el mismo cuerpo de policía local.

3. La promoción externa se aplica con el mismo criterio del apartado anterior para acceder desde un cuerpo diferente de policía local de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-06-2005 en vigor desde 27-06-2005