Articulo 30 Caza de Navarra

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Artículo 30. Aprovechamiento cinegético en los cotos privados.

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Para el ejercicio de la caza en los cotos privados será requisito indispensable la previa aprobación del Plan de Ordenación Cinegética en el que conste la propuesta de aprovechamientos.

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  • Texto Original. Publicado el 28-12-2005 en vigor desde 29-12-2005