Articulo 30 Acceso y cone... eléctrica

Articulo 30 Acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 30. Régimen sancionador.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El incumplimiento de lo establecido en este real decreto podrá ser sancionado, de acuerdo con lo dispuesto en el Título X de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2020 en vigor desde 31-12-2020