Articulo 3 Transporte Metropolitano del área de Valencia
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»Artículo 3
Vigente
Son servicios de transportes de interés metropolitano los que, conforme a lo dispuesto en el artículo 5, forman parte del sistema de transportes del Área de Valencia, y cuantos se declaren expresamente como tales de conformidad con la presente Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-02-1991 en vigor desde 21-02-1991