Articulo 3 Solución de lo...deportivos

Articulo 3 Solución de los litigios deportivos

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Artículo 3. Principios generales y régimen jurídico.

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1. Serán principios generales aplicables al procedimiento sancionador y al procedimiento disciplinario en materia deportiva los principios de legalidad, de irretroactividad, de tipicidad, de responsabilidad, de proporcionalidad, de prescripción y de concurrencia de sanciones; todo ello, de conformidad con lo establecido en el Capítulo III del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, será de aplicación el principio pro-competición en el ámbito disciplinario deportivo.

2. Sin perjuicio de lo anterior, el régimen jurídico aplicable en el procedimiento sancionador y disciplinario en materia deportiva estará integrado por la Ley 5/2016, de 19 de julio, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el presente decreto y su normativa de desarrollo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-11-2018 en vigor desde 31-03-2019