Articulo 3 Reglamento del Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo
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»Artículo 3. Adscripción.
Vigente
El Registro de ONGD depende del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y se encuentra adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) a través de su Director.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-04-2015 en vigor desde 08-04-2015