Articulo 3 Reglamento de Régimen Interior de la CNMV
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 3. Objeto de la CNMV.
Vigente
Conforme a lo previsto en el artículo 17.2 de la Ley del Mercado de Valores, la CNMV velará por la transparencia de los mercados de valores, la correcta formación de los precios y la protección de los inversores, promoviendo la difusión de cuanta información sea necesaria para asegurar la consecución de esos fines.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-12-2019 en vigor desde 29-12-2019