Articulo 3 Reglamento de ...es Locales

Articulo 3 Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Art. 3.º

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La creación de nuevos municipios sólo podrá realizarse sobre la base de núcleos de población territorialmente diferenciados y siempre que los municipios resultantes cuenten con recursos suficientes para el cumplimiento de las competencias municipales y no suponga disminución en la calidad de los servicios que venían siendo prestados.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-08-1986 en vigor desde 15-08-1986