Articulo 3 Reglamento mar...as Locales

Articulo 3 Reglamento marco de organización de las Policías Locales

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 3.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La Policía Local se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en la Ley de Coordinación de Policías Locales de Aragón, en las presentes normas y demás disposiciones reglamentarias que se dicten y en los Reglamentos y Ordenanzas que aprueben las Corporaciones respectivas con sujeción a la normativa del Régimen Local.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-01-1992 en vigor desde 04-01-1992