Articulo 3 Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
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»Artículo 3. Régimen de Aplicación.
Vigente
El ingreso en los Cuerpos y Escalas de funcionarios se realizará mediante convocatoria pública y se regirá por las bases de la convocatoria respectiva, que se ajustarán en todo caso a lo dispuesto en este Reglamento y en las normas específicas de aplicación a los mismos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-01-1996 en vigor desde 03-01-1996