Articulo 3 Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales
Artículo 3. Clases de censos.
La Hacienda Foral del Territorio Histórico de Gipuzkoa dispondrá de los siguientes censos tributarios:
a) Censo de Obligados Tributarios.
b) Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Este Censo formará parte del Censo de Obligados Tributarios.
c) Registro de operadores intracomunitarios.
d) Registro de devolución mensual del Impuesto sobre el Valor Añadido.
e) Registro territorial de los impuestos especiales.
f) Registro especial de uniones temporales de empresas.
g) Registro de Software TicketBAI regulado en el capítulo VI del Reglamento por el que se desarrolla la obligación TicketBAI, aprobado por Decreto Foral 32/2020, de 22 de diciembre.
h) Registro de personas y entidades extractores de depósitos fiscales de productos incluidos en los ámbitos objetivos de los impuestos sobre el alcohol y bebidas derivadas o sobre hidrocarburos.
i) El Registro territorial del impuesto sobre gases fluorados de efecto invernadero.
j) El Registro territorial del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables.
k) El Registro territorial del impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos.
l) El Registro de otros operadores de plataforma obligados a comunicar información.
Los registros mencionados en las letras c) y d) anteriores, formarán parte del Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
A partir de los datos recogidos en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores se llevará en el Departamento de Hacienda y Finanzas el índice de entidades a que se refieren los artículos 119, 120 y 121 de la Norma Foral 2/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre Sociedades.
- Modificación realizada (3 (letra l), se añade)) por Decreto Foral 13/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrollan las normas y los procedimientos de diligencia debida en el ámbito del intercambio automático obligatorio de información comunicada por los operadores de plataformas y se modifica el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales, aprobado por el Decreto Foral 47/2013, de 17 de diciembre, en transposición de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo de 22 de marzo de 2021 por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad.
(BOG de 01-03-2024) en vigor desde 02-03-2024 - Modificación realizada (3 (letra e), se modifica; letras h) a k), se añaden)) por Decreto Foral 56/2023, de 12 de diciembre, por el que se modifican diversos reglamentos tributarios.
(BOG de 18-12-2023) en vigor desde 19-12-2023 - Artículo modificado por Decreto Foral 32/2020, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrolla la obligación TicketBAI.
(BOG de 23-12-2020) en vigor desde 23-12-2020