Articulo 3 Red de Museos de España

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Artículo 3. Composición.

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1. La Red de Museos de España está integrada por.

a) Los Museos Nacionales de titularidad y gestión estatal, que se relacionan en el anexo I.

b) Los Museos de titularidad y gestión estatal o pertenecientesal sector público estatal adscritos al Ministerio de Cultura y a otros Departamentos Ministeriales, que se relacionan en el anexo II. A iniciativa del Ministerio correspondiente se podrá solicitar la inclusión en este anexo de nuevas instituciones.

2. Podrán incorporarse a la Red de Museos de España, de conformidad con los criterios de calidad y excelencia que el Consejo de Museos determine, las instituciones museísticas contenidas en las siguientes categorías:

a) Museos de titularidad estatal y gestión transferida a las comunidades autónomas, conforme a lo establecido en la disposición adicional primera.

b) Museos de titularidad pública autonómica o local, de singular relevancia, previoacuerdo entre la Administración General del Estado y la Administración correspondiente, y previa consulta a la comunidad autónoma donde radique el museo de titularidad pública local.

c) Instituciones privadas de singular relevancia, previo acuerdo, en su caso, entre la Administración General del Estado y el titular de la institución, y previa consulta a la comunidad autónoma donde radique la institución.

3. En los acuerdos que se establezcan entre las administraciones públicas o, en su caso, instituciones privadas, para la incorporación de museos a la Red de Museos de España podrá contemplarse la aportación económica de las mismas al museo, así como la forma de participación en sus órganos rectores, cuando existan. Cuando así se requiera, la colaboración podrá formalizarse mediante la constitución de un consorcio, fundación o cualquier otra fórmula adecuada.

4. Con carácter indicativo, los criterios de calidad y excelencia relativos a la incorporación a la Red de Museos de España versarán sobre:

La calidad de los fondos y su proyección nacional e internacional. El Plan Museológico, la implantación de nuevas tecnologías y la innovación en la museografía.

La profesionalidad del equipo directivo y la dotación mínima de plantilla para garantizar el funcionamiento de los servicios tendente a la excelencia.

La diversificación de públicos y la accesibilidad universal. El análisis de los fondos desde la perspectiva de género.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-08-2009 en vigor desde 25-08-2009