Articulo 3 Prórroga de las reducciones temporales de tarifas en los servicios públicos de transporte competencia de la Generalitat en 2024, y modificación de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje
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»Artículo 3. Prolongación de las medidas de gratuidad temporal para personas jóvenes
Vigente
La finalización del periodo previsto en el artículo 2 del Decreto
Esta fecha será tomada como referencia para la determinación, desde el 1 de enero de 2024, de lo dispuesto en el resto de los artículos de la citada norma.
En todo caso, los concesionarios de los servicios públicos de transporte interurbano por carretera deberán continuar cumpliendo hasta el 30 de junio de 2024 con las obligaciones que se establecen en el Decreto ley 8/2023, de 28 de julio, del Consell. La falta de cumplimiento de dichas obligaciones podrá conllevar la pérdida del derecho a la percepción de las compensaciones establecidas en el artículo 5 de este decreto ley.