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Artículo 3. Tratamiento de datos de carácter personal.

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El tratamiento y cesión de los datos de carácter personal a que se refiere el presente real decreto se ajustará a las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y será conforme a lo dispuesto en el capítulo V del título I de la Ley Orgánica 7/2006 y en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-05-2009 en vigor desde 28-05-2009