Articulo 3 procedimiento ...ependencia

Articulo 3 procedimiento y los requisitos para la acreditacion de los centros para personas mayores en situacion de dependencia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 3. Definición de los Centros.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Centros Residenciales para personas mayores.

Son aquellos centros de carácter social que ofrecen alojamiento, convivencia y atención integral. Tienen una función sustitutoria del hogar familiar, ya sea de forma temporal o permanente para personas mayores en situación de dependencia.

2. Centros de Día o Unidades de Estancias Diurnas para personas mayores: Son aquellos centros de carácter social que ofrecen una atención integral durante el período diurno a personas mayores en situación de dependencia, con el objetivo de mejorar o mantener el mejor nivel posible de autonomía personal y calidad de vida, tanto de la persona en situación de dependencia como de su entorno socio-familiar, posibilitando la permanencia de aquella en su entorno habitual.

3. Centros de Noche o Unidades de Estancias Nocturnas para personas mayores: Son aquellos centros de carácter social que ofrecen alojamiento y atención en horario nocturno a personas mayores en situación de dependencia y que tienen una función complementaria a la permanencia de la persona usuaria en el entorno social y/o familiar.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-11-2007 en vigor desde 15-11-2007