Articulo 3 Presupuestos 2014 Cantabria

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Artículo 3. Financiación de los créditos iniciales.

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Los créditos aprobados en el Estado de Gastos de los presentes Presupuestos Generales se financiarán.

a) Con los recursos económicos de origen tributario y de Derecho Público que se prevén liquidar durante el ejercicio, comprensivos de los tres primeros capítulos del Presupuesto de Ingresos (impuestos directos y cotizaciones sociales, impuestos indirectos y tasas, precios públicos y otros ingresos).

b) Con los ingresos no fiscales a liquidar durante el ejercicio, que comprenden los Capítulos IV a VII del Presupuesto de Ingresos (transferencias corrientes, ingresos patrimoniales, enajenación de inversiones reales y transferencias de capital).

c) Con los recursos detallados en el Capítulo VIII del Estado de Ingresos.

d) Con el producto del endeudamiento, cuya previsión inicial se contempla en el Capítulo IX del Estado de Ingresos, por importe de CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES OCHENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES euros (473.087.983 €).

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2013 en vigor desde 01-01-2014