Articulo 3 Patentes -Derogada-
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»ARTICULO 3
Vigente
La Ley de Procedimiento Administrativo se aplicará supletoriamente a los actos administrativos regulados en la presente Ley, y éstos podrán ser recurridos de conformidad con lo dispuesto en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-03-1986 en vigor desde 26-06-1986