Articulo 3 Ordenación territorial y urbanística
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Vigente
En el título preliminar se establecen el objeto, ámbito, finalidades y competencias en materia de ordenación del territorio, ordenación del litoral y actividad urbanística. Se establece como novedad, respecto de las finalidades de ordenación del territorio, el establecimiento de políticas de ordenación, protección y gestión del paisaje y del litoral y se desglosan las finalidades y competencias en estas materias.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-04-2015 en vigor desde 06-05-2015