Articulo 3 Ordenación minera

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Artículo 3. Principios

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Los principios que inspiran esta ley son los siguientes:

a) La planificación minera en el marco de la ordenación de la economía y del territorio y con respeto al principio de abastecimiento de mineral propio, prioritario de cada isla.

b) La gestión sostenible de los recursos mineros, con garantías de protección del medio ambiente y del paisaje.

c) La mejora de las condiciones de seguridad y salud laborales.

d) La colaboración, la coordinación y la cooperación de las administraciones públicas, así como la agilización y la racionalización de las oportunas tramitaciones.

e) La participación en la política minera de los sectores sociales y económicos implicados y afectados.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-10-2014 en vigor desde 10-10-2014