Articulo 3 Modelos 045, 1...ementarias

Articulo 3 Modelos 045, 181, 182, 190, 311, 371, 345, 480, 650, 652, 651 y 777, documento de ingreso o devolución en el caso de declaraciones-liquidaciones extemporáneas y complementarias

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Tercero. Aprobación del modelo 045.

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Uno. Se aprueba el modelo 045 «Tasa fiscal sobre el juego. Máquinas o aparatos automáticos. Declaración-liquidación en euros» que figura como anexo III de la presente Orden. Dicho modelo consta de cuatro ejemplares: Ejemplar para la Administración, ejemplar para el sobre anual, ejemplar para el interesado y ejemplar para la entidad colaboradora.

El número de justificante que deberá figurar en dicho modelo en euros será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos se corresponderán con el código 048.

Dos. La determinación de los obligados a la presentación del modelo 045 en euros, así como del lugar y plazo de presentación del mismo y las demás condiciones y requisitos de utilización del modelo citado se ajustarán a lo dispuesto para el modelo 045 en pesetas, aprobado por la Orden de 18 de enero de 1991 («Boletín Oficial del Estado» de 19 y de 24 de enero) .

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-08-2001 en vigor desde 04-08-2001