Articulo 3 Modelo 721 Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero
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»Artículo 3. Contenido del modelo 721, «Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero».
Vigente
Deberá ser objeto de declaración en el modelo 721, la información contenida en el anexo de la presente orden, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 quater del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, en relación con las monedas virtuales situadas en el extranjero respecto de las que se tenga la obligación de declarar.