Articulo 3 Memoria Histórica y Democrática de Cantabria
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»Artículo 3. Medidas.
Vigente
El Gobierno de Cantabria adoptará las políticas y las medidas de acción positiva que resulten necesarias para, con estricto respeto a las garantías establecidas en el ordenamiento jurídico, hacer efectivo:
a) El derecho a conocer, a la luz del principio de verdad, los hechos que son parte de la historia de Cantabria.
b) El derecho de las víctimas y de sus familiares a la búsqueda de sus ascendientes y personas cercanas desaparecidas.
c) El derecho a la reparación, que supone la aplicación de medidas individuales y colectivas, para la reparación moral, así como las de restitución, indemnización, rehabilitación y satisfacción.