Articulo 3 Medidas urgent...de sanidad

Articulo 3 Medidas urgentes en materia de sanidad

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Artículo 3. Información y participación.

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1. Las Juntas de Personal y Comités de Empresa o, en su caso, las Secciones Sindicales, conocerán y serán informadas del contenido y seguimiento de los Planes Anuales de Gestión de cada Centro de Gestión y de los Pactos de Objetivos con los Servicios/Unidades y/o Equipos, realizados desde la Gerencia Regional de Salud.

2. Se facilitará la participación de los profesionales en el seguimiento del cumplimiento del Plan Anual de Gestión y de los Pactos de Objetivos mediante la constitución de las Comisiones que se establezcan en el ámbito de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-03-2019 en vigor desde 05-03-2019