Articulo 3 Medidas urgentes en materia de alquiler de vehículos con conductor
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 3. Autorización de ámbito urbano
Vigente
3.1 El otorgamiento de las autorizaciones para la realización del alquiler de vehículos con conductor de carácter urbano corresponde a los ayuntamientos o entes metropolitanos legalmente constituidos de acuerdo con las condiciones establecidas en este Decreto ley y el resto de normativa aplicable en la materia.
3.2 Un vehículo no puede disponer de más de una autorización de alquiler de vehículos con conductor de ámbito urbano.
3.3 Los entes locales pueden aplicar una tasa por el concepto de emisión de las autorizaciones de transporte urbano.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-07-2022 en vigor desde 08-07-2022