Articulo 3 Medidas urgent...y alquiler

Articulo 3 Medidas urgentes para estimular la promoción de VPO y alquiler

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 3. Modificación del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


Se modifica el apartado 2 del artículo 100 del texto refundido de la Ley de urbanismo, que queda redactado de la manera siguiente:

2. Cuándo la modificación del planeamiento comporta el aumento de la densidad del uso residencial, sin incremento de la edificabilidad, se tiene que prever una reserva complementaria de terrenos para sistemas de espacios libres y equipamientos de 10 m², como mínimo, por cada nueva vivienda, a menos que el aumento de densidad se destine a:

a) Viviendas de protección pública y no rebase el número de viviendas que resulta de aplicar el módulo de 70 m² al techo con este destino.

b) Alojamientos con espacios comunes complementarios, regulados en legislación aplicable en materia de vivienda, y no rebase el número de viviendas que resulta de aplicar el módulo de 70 m² al techo, incluidos los espacios comunes complementarios, con este destino.

En caso de que esta reserva complementaria, por razones de imposibilidad material, no se pueda emplazar en el mismo ámbito de actuación, se puede sustituir por el equivalente de su valor económico, que el ayuntamiento competente tiene que destinar a alimentar un fondo constituido para adquirir zonas verdes o espacios libres públicos de nueva creación en el municipio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-12-2020 en vigor desde 12-12-2020