Articulo 3 Medidas para la reducción de la temporalidad de funcionarios
Artículo 3. Proceso selectivo para la obtención de habilitación foral mediante convocatoria, en turno libre, por el sistema de concurso-oposición.
Los puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación foral objeto del concurso extraordinario de traslados que no fuesen cubiertos en este y que no se encuentren en la relación de vacantes a ofertar en los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal, se adjudicarán, previo nombramiento por la persona titular del departamento competente en materia de Administración local, a quienes obtengan la habilitación por superación, en turno libre, de la convocatoria celebrada mediante el sistema de concurso-oposición, de conformidad con lo establecido en los artículos 245 y siguientes de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, sin perjuicio de las especialidades establecidas en la presente norma.
Las fases de oposición y concurso tendrán una valoración proporcional del 70 y 30 por ciento, respectivamente, sin perjuicio de lo establecido en la normativa aplicable para la valoración adicional del euskera.