Articulo 3 Medidas en mat...e regadíos

Articulo 3 Medidas en materia de expropiación forzosa para actuaciones de mejora y creación de regadíos

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Artículo 3. Beneficiarios de la expropiación forzosa dentro del PEBEA.

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Aquellos que dispongan del título PEBEA, previsto en el artículo 10 del Decreto 64/2001, de 27 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece el procedimiento y condiciones para llevar a efecto las transformaciones en regadío que se ejecutan en el ámbito del Plan Estratégico del Bajo Ebro Aragonés, tendrán la consideración de beneficiarios en los procedimientos de expropiación forzosa previstos en el artículo 8 de la Ley 10/1997, de 17 de noviembre, por la que se instrumenta la aplicación del Plan Estratégico del Bajo Ebro Aragonés y se aprueban medidas para su mejor ejecución.