Articulo 3 Medidas en materia agraria para la recuperación económica y social de la isla de La Palma
Articulo 3 Medidas en mat...e La Palma

Articulo 3 Medidas en materia agraria para la recuperación económica y social de la isla de La Palma

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Artículo 3. Ámbito subjetivo.

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El presente Decreto ley se aplica a:

a) Las personas físicas o jurídicas o entidades sin personalidad jurídica que sean propietarias o titulares de cualquier otro derecho subjetivo suficiente, hasta el 19 de septiembre de 2021, de terrenos que, comprendidos en el Anexo 1, estuvieran destinadas al uso agrario y hubieran resultado afectados como consecuencia de la erupción volcánica de la isla de La Palma.

b) En caso de fallecimiento de las personas físicas referidas en la letra anterior, sus derechohabientes, incluidos los supuestos de transmisión en vida a sus herederos legales.