Articulo 3 Medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del ...e la función pública
Articulo 3 Medidas de cap...ón pública

Articulo 3 Medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública

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Artículo 3

Vigente

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Se añade una letra f) en el apartado 1 del artículo 50 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears, con la redacción siguiente:

f) Acreditar el conocimiento de la lengua catalana que se determine reglamentariamente, respetando el principio de proporcionalidad y adecuación entre el nivel de exigencia y las funciones correspondientes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-04-2016 en vigor desde 13-04-2016