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Articulo 3 Libro, Lectura y Patrimonio Bibliográfico

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Artículo 3. Principios y valores

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Las actuaciones que se lleven a cabo en ejecución de lo previsto en la presente Ley estarán guiadas por los siguientes principios y valores:

a) El fomento de la lectura como elemento que permita la cohesión social, la inclusión y la universalización de la cultura.

b) La defensa del libro y de los agentes de su cadena de valor, así como el apoyo y fomento del precio fijo del libro, la garantía de la pluralidad cultural y la competencia equilibrada del sector editorial, sin menoscabo de las competencias estatales sobre políticas de precios, en el marco de las directrices de la Unión Europea.

c) La modernización del sector del libro en la Comunidad de Madrid, a fin de que pueda responder a las demandas y retos de la sociedad actual.

d) La igualdad, universalidad, inclusión y gratuidad de los servicios públicos de lectura, garantizando la no discriminación y el acceso generalizado a los mismos, así como el respeto a la diferencia y las necesidades especiales de los individuos y grupos sociales especialmente vulnerables por razones de exclusión social y necesitados de políticas de apoyo para su integración en la región a través de procesos especiales educativos y culturales.

e) La sostenibilidad ambiental y económica de las instalaciones bibliotecarias de la Comunidad de Madrid.

f) La adaptación a la realidad digital y el aprovechamiento de las oportunidades de acceso universal que esta facilita, así como la adopción de las herramientas tecnológicas disponibles en cada momento.

g) El fomento, la defensa, promoción y respeto de los derechos de propiedad intelectual de los creadores.

h) La defensa del patrimonio bibliográfico, audiovisual y digital de la Comunidad de Madrid para el conocimiento y reconocimiento de su pasado.

i) La coordinación y colaboración en las actuaciones de los poderes públicos competentes, así como la eficiencia en la gestión de los recursos públicos, compartiendo el uso de recursos comunes, en los términos previstos en el artículo 140.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

j) La estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera, que implican que todas las actuaciones contempladas en la presente Ley quedan condicionadas en cuanto a la posibilidad de ejecución y cuantía de las mismas a las disponibilidades presupuestarias reflejadas en las sucesivas leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

k) Potenciar la librería como un espacio comercial y como un centro de difusión cultural en su entorno. Estas medidas se trasladarán a sus políticas de adquisiciones para centros públicos, incentivos fiscales, líneas de ayuda y actividades culturales.